Escribí un arreglo nuevo de una canción famosa en otro género, ¿puedo registrar mi arreglo musical? Mitos y Realidades.

Bienvenido nuevamente a este tu blog. Espero que en este tiempo que ha transcurrido desde la última publicación hayas seguido componiendo canciones, impulsando tus proyectos musicales y desarrollando tu carrera en esta fascinante industria de la música.

background-coffee-compose-1305362En esta ocasión te quiero hablar particularmente sobre los mitos y realidades de los llamados “Arreglos Musicales”, pero para entrar de lleno en este tema, tenemos que conocer y entender primero lo que es una “Obra Derivada”. Básicamente, una obra derivada es aquella que se crea basada en otra preexistente. Existen obras derivadas en prácticamente todas las formas de arte, pero veamos algunos ejemplos específicos de obras derivadas en el mundo de la composición de canciones.

Como primer ejemplo podemos poner el caso de una “parodia”; si tomamos una canción que ya existe y la re-escribimos en forma de parodia, estamos creando una obra nueva basada en la original, es decir, una obra derivada. Un segundo ejemplo pudiera ser una “traducción”; si traducimos una canción existente a cualquier otro idioma estamos creando también una obra derivada. Seguir leyendo «Escribí un arreglo nuevo de una canción famosa en otro género, ¿puedo registrar mi arreglo musical? Mitos y Realidades.»

“Las canciones no se venden”: mitos y realidades en el mundo de la composición musical.

Antes que cualquier cosa les deseo un próspero y feliz 2018 estimados lectores, deseándoles que todos sus proyectos musicales superen sus expectativas y sigamos juntos descifrando el mundo de la música.

 

Como primera publicación de este año quisiera tocar un par de temas sobre los cuales me hacen llegar muchas preguntas a través de mi recién creada página de Facebook, esperando con esto despejar algunas dudas en cuanto a composición de canciones se refiere.

 

pexels-photo-685458El primer punto que quiero aclarar es el siguiente: Cuando hemos escrito una letra, pero ésta no tiene melodía o acompañamiento musical, entonces no es una canción. Quiero ser muy directo, muy claro y honesto en este tema; quizá es una gran letra la que hemos escrito, interesante, artística, cautivadora, etc., pero si no tiene una melodía asociada a las palabras, entonces no es una canción.

Quiero hacer una pequeña pausa aquí para agradecer a muchos de ustedes estimados lectores, quienes me dan su confianza y me buscan para saber mi opinión sobre sus canciones, sin embargo me envían solamente las palabras que han escrito, y cuando les pregunto sobre algún demo, maqueta o grabación donde pueda escuchar la canción, muchos me responden que solo han escrito la letra de dicha “canción”, y me dicen que la música todavía está pendiente. En estos casos, lo que ustedes tienen en sus manos todavía no se le puede llamar canción; lo será hasta que se forme una melodía con las palabras, se le agregue un acompañamiento musical o al menos una secuencia rítmica (como en el caso del rap por ejemplo).

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Regalías para los Productores de Grabaciones, Discos, Fonogramas o Audios ¿Qué diablos son los Derechos Conexos o Derivados?

Bienvenidos nuevamente estimados lectores a este su blog. Hemos hablado en varias ocasiones acerca de las regalías que les corresponden a los compositores de canciones cuando éstas son grabadas o utilizadas en público (si quieren refrescarse un poco sobre este tema por favor visiten las publicaciones pasadas que he escrito en este blog).

https://descifrandoelmundodelamusica.wordpress.com/2013/07/19/regalias-que-puede-recibir-un-compositor-de-canciones-y-el-servicio-de-publishing-de-tunecore/#more-288

Pero en esta ocasión quiero hablar de un tipo de regalías muy específicas; me refiero a las regalías que les corresponden a los productores de las grabaciones (también llamadas fonogramas). Para empezar con este asunto es importante decir que los fonogramas, grabaciones o audios (dejo a tu criterio como les quieras llamar) son obras que se consideran como “conexas” o “derivadas”.

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¿Pero qué carajos significa esto? Pues lo único que esto quiere decir es que son obras que surgen a partir de otra, o sea, si el compositor no hubiera escrito una canción, entonces no hubiéramos podido hacer una grabación; por lo tanto, a la grabación (que también se le llama fonograma o audio) se le considera una obra “conexa” o “derivada” de la composición. Seguir leyendo «Regalías para los Productores de Grabaciones, Discos, Fonogramas o Audios ¿Qué diablos son los Derechos Conexos o Derivados?»